Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso acogió el 10,6% de las solicitudes

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La Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió 60 de las 564 solicitudes de internos de las distintas unidades penitenciarias de la jurisdicción que postularon a este beneficio durante el primer semestre de este año, cifra que equivale al 10,6% de las postulaciones.
En la oportunidad, se revisaron las solicitudes y los respectivos informes técnicos elaborados por Gendarmería de Chile en cuanto a concurrencia de los requisitos legales exigibles, tras lo que se otorgó la libertad condicional a internos de los siguientes recintos: Complejo Penitenciario Valparaíso (25), Centro de Educación y Trabajo La Pólvora (9), Centro de Detención Preventiva Quillota (8), Centro de Cumplimiento Penitenciario San Felipe (5), Centro de Cumplimiento Penitenciario Los Andes (3), Centro Detención Preventiva Casablanca (3), Centro de Educación y Trabajo Putaendo (3), Centro de Detención Preventiva Limache (2), Centro Detención Preventiva Valparaíso (1) y Complejo Isla de Pascua (1).
El vocero de la comisión de Libertad Condicional, magistrado Claudio Espinoza Asenjo, explicó que “luego de dos semanas de trabajo y conociendo un total de 564 solicitudes de aquellos internos que postularon al beneficio de la libertad condicional, la comisión determinó acoger un total de 60 postulaciones positivas, esto es, un total de un 10.6%. Se analizaron caso a caso las solicitudes, se tuvo en vista principalmente los informes de Gendarmería y en esos casos se acogieron en el monto indicado, esto es, un total de 60 postulaciones.
Lo que resta ahora es informar a los respectivos recintos penales para que ene l caso de esos internos que fueron acogidas sus solicitudes, que se otorgue la libertad una vez que sean notificados de la resolución de la comisión”.
*Comisión*
La comisión -que sesionó en el tribunal de alzada desde el 4 al 13 de octubre- fue presidida por la ministra (s) de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Marisol González Vera e integrada por los magistrados Danko Koscina Villegas (Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso);  Miguel Sáez Navarrete (Juzgado de Garantía de Viña del Mar); Claudio Espinoza Asenjo (Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar) y Nora Bahamondes Acevedo (Juzgado de Garantía de Valparaíso); además de la secretaria del tribunal de alzada, Leonor Cohen Briones; el relator coordinador José Vizcarra y las funcionarias Ximena Vallejos y Paula Hurtado.
La Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso es regida por el Decreto Ley Nº 321, modificado el 18 de enero de 2019 por la Ley 21.124. En su artículo 2, la norma establece criterios tales como haber cumplido el tiempo mínimo que exige la Ley de condena que se le impuso por sentencia definitiva; que se haya observado una conducta intachable durante el cumplimiento de la condena y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad.
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